Solución que garantiza al Asociado/Beneficiario el cumplimiento de las obligaciones de un tercero.
La fianza es una obligación accesoria, en virtud de la cual una o más personas responden de una obligación ajena, comprometiéndose para con el acreedor a cumplirla en todo o parte, si el deudor principal no la cumple. La fianza puede constituirse no sólo a favor del deudor principal, sino de otro fiador..
El negocio puntual de DAFIANZAS se enfoca en la fianza de obligaciones crediticias, entendiendo por fianza lo establecido en Código Civil colombiano artículo 2631
SECTOR SOLIDARIO:
- En la cuota se descuenta el valor acordado mensualmente.
SECTOR COMERCIAL:
- Se evita la inmovilización de fondos.
• En caso de siniestro DAFIANZAS cancela a la Entidad el saldo Insoluto (Capital - aportes - otros)
- Elimina la búsqueda de codeudor.
- Evita el deterioro de la cartera.
- Es otra figura adicional al de codeudo.
Contamos con capital financiero propio y externo para constituir Activos Financieras, que respalden según el resultado de la aplicación del modelo experto el monto determinado, el cual puede ser monitoreado por el cliente.